miércoles, 12 de marzo de 2014

ORGANOS DE GOBIERNO, COORDINACIÓN Y PARTICIPACIÓN EN C.E.P.I. DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL

Con la incorporación de la LOMCE (2013), se puede decir que muchas de las funciones, en lo que se refiere a órganos de participación, coordinación, o dentro de los órganos de gobierno (jefe de estudios y seretario) se mantienen sin apenas cambios destacables, aunque algunos otros aspectos aún estén por determinar, como puede ser el caso la composición del profesor coordinacior por ciclo.

Por lo tanto, entre los cambios más significativos, respecto a la LOE (2006), en primer lugar, destacán la responsabilidad de elección del director procedente de la Administración Educativa, así como el secretario y jefe de estudios, establecidos ya por el director en caso de que se acepte su cargo no solo como director, si no también como representante de la Administración.

En segundo lugar, se produce una modificación casi total de las funciones del director, como la responsabilidad de la aprobación la PGA, además de las anteriormente correspondientes al consejo escolar, que se dedicará a conocer y aconsejar.

A continuación, mostramos una presentación Prezi con la nueva configuración actual de los Órganos de Gobierno, Coordinación y Participación en los centros de E.Primaria e Infantil:




Enlaces:






TABLA COMPARATIVA
FUNCIONES DEL CONSEJO ESCOLAR
LOE (2006)
LOMCE (2013)
  • Establecer las directrices para la elaboración del proyecto educativo, aprobarlo y evaluarlo, sin perjuicio de las competencias que el claustro de profesores tiene atribuidas en relación con la planificación y organización docente. Asimismo, establecer los procedimientos para su revisión cuando su evaluación lo aconseje.
  • Elegir al Director del centro.
  • Proponer la revocación del nombramiento del Director, en los términos establecidos en el artículo 19.3.c).
  • Decidir sobre la admisión de alumnos, con sujeción a lo establecido en la normativa vigente.
  • Aprobar el reglamento de régimen interior.
  • Resolver los conflictos e imponer las correcciones con finalidad pedagógica que correspondan a aquellas conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia en el centro de acuerdo con las normas que regulan los derechos y deberes de los alumnos.
  • Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y la ejecución del mismo.
  • Promover la renovación de las instalaciones y equipo escolar, y vigilar su conservación.
  • Aprobar y evaluar la programación general del centro, respetando, en todo caso, los aspectos docentes que competen al claustro.
  • Aprobar y evaluar la programación general de las actividades escolares complementarias.
  • Fijar las directrices para la colaboración del centro con fines culturales, educativos y asistenciales, con otros centros, entidades y organismos.
  • Analizar y evaluar el funcionamiento general del centro, especialmente la eficacia en la gestión de los recursos, así como la aplicación de las normas de convivencia y elaborar un informe de la misma que se incluirá en la memoria anual.
  • Analizar y evaluar la evolución del rendimiento escolar general del centro.
  • Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración Educativa o cualquier informe referente a la marcha del mismo.
  • Informar la memoria anual sobre las actividades y actuación general del centro.
  • Conocer las relaciones del centro con las instituciones de su entorno.
  • Formular propuestas dirigidas al equipo directivo para la elaboración del proyecto educativo y de la programación general anual.
  • Establecer los criterios para la elaboración de los proyectos curriculares de etapa, aprobarlos, evaluarlos y decidir las posibles modificaciones posteriores de los mismos conforme al proyecto educativo.
  • Aprobar los aspectos docentes de la programación general anual, conforme al proyecto educativo e informar aquélla antes de su presentación al consejo escolar, así como la memoria final de curso.
  • Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica.
  • Elegir a sus representantes en el consejo escolar.
  • Conocer las candidaturas a la dirección y los programas presentados por los candidatos.
  • Coordinar las funciones referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
  • Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración Educativa o cualquier información referente a la marcha del mismo.
  • Analizar y evaluar los aspectos docentes del proyecto educativo y la programación general anual.
  • Participar en la planificación de la formación del profesorado del centro y elegir a sus representantes en el centro de profesores y recursos.
  • Aprobar los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios de los alumnos.
  • Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación.
  • Aprobar los criterios para la elaboración de los horarios de los profesores.
  • Analizar y valorar trimestralmente la situación económica del centro.
  • Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del centro a través de los resultados de las evaluaciones y cuantos otros medios se consideren adecuados.
  • Conocer las relaciones del centro con las instituciones de su entorno.

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